Programa de Gestión Ambiental y Turismo



La protección del medio ambiente es uno de los pilares fundamentales del Tratado Antártico, junto al mantenimiento de la paz y la cooperación científica. El Protocolo al Tratado Antártico sobre la Protección del Medio Ambiente (Protocolo de Madrid), acordado en 1991 y en vigencia desde 1998, es el instrumento jurídico que sirve como herramienta fundamental para minimizar la interferencia antrópica sobre el medio ambiente antártico. El Protocolo designa a la Antártida como reserva natural, consagrada a la paz y la ciencia.

La Argentina ha ratificado el Protocolo de Madrid por medio de dos leyes Nacionales (24.216 y 25.260). Por ello, todas las actividades que la Argentina desarrolle en la Antártida (sean o no de carácter gubernamental) deberán ajustarse a lo establecido por el Protocolo de Madrid. Asimismo, otras leyes vigentes en nuestro país, relacionadas con la temática ambiental, son también aplicables al desarrollo de actividades realizadas por operadores argentinos en la Antártida.

El Programa de Gestión Ambiental y Turismo, dependiente de la Dirección Nacional del Antártico, es el área responsable de implementar y fiscalizar el cumplimiento estas normas y los requisitos asociados.


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