Programa de Gestión Ambiental y Turismo
La protección del medio ambiente es uno de los pilares
fundamentales del Tratado Antártico, junto al mantenimiento de
la paz y la cooperación científica. El Protocolo al
Tratado Antártico sobre la Protección del Medio
Ambiente (Protocolo de Madrid), acordado en 1991 y en vigencia desde
1998, es el instrumento jurídico que sirve como herramienta
fundamental para minimizar la interferencia antrópica sobre el
medio ambiente antártico. El Protocolo designa a la Antártida
como reserva natural, consagrada a la paz y la ciencia.
La Argentina ha ratificado el Protocolo de Madrid por medio de dos
leyes Nacionales (24.216 y 25.260). Por ello, todas las actividades
que la Argentina desarrolle en la Antártida (sean o no de
carácter gubernamental) deberán ajustarse a lo
establecido por el Protocolo de Madrid. Asimismo, otras leyes
vigentes en nuestro país, relacionadas con la temática
ambiental, son también aplicables al desarrollo de actividades
realizadas por operadores argentinos en la Antártida.
El Programa de Gestión Ambiental y Turismo, dependiente de
la Dirección Nacional del Antártico, es el área
responsable de implementar y fiscalizar el cumplimiento estas normas
y los requisitos asociados.
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